Acoso sexual y responsabilidad laboral: la ley también es para los políticos

En los últimos tiempos, los escándalos políticos vinculados a conductas de acoso sexual han vuelto a poner en cuestión la credibilidad de las instituciones públicas. 

Sin embargo, lo verdaderamente preocupante desde una perspectiva jurídico-laboral no es solo la reiteración de estos comportamientos, sino la respuesta —o, más bien, la falta de ella— por parte de quienes están llamados a ser los primeros garantes del cumplimiento de la normativa que ellos mismos han impulsado. 

A ello se suma una realidad difícil de ignorar en nuestro país: las dimisiones políticas por este tipo de conductas siguen siendo escasas, tardías o meramente tácticas, lo que agrava la sensación de impunidad y de desconexión entre el discurso normativo y la práctica real.

El acoso sexual en el trabajo no admite relativizaciones. El ordenamiento jurídico laboral español lo configura de manera inequívoca como una vulneración del derecho a la dignidad y a la integridad moral de la persona trabajadora. Así lo establecen el artículo 4.2.e) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 3/2007, que definen el acoso sexual como cualquier comportamiento de naturaleza sexual que tenga por objeto o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, creando un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. 

No estamos, por tanto, ante “conductas inapropiadas” ni ante cuestiones de índole privada, sino ante infracciones laborales muy graves que afectan al núcleo de los derechos fundamentales en el ámbito del trabajo.

Esta realidad resulta especialmente sangrante si se tiene en cuenta que ha sido el propio Gobierno quien, en los últimos años, ha reforzado de forma notable los mecanismos normativos destinados a prevenir y erradicar el acoso sexual en el trabajo. La generalización de los planes de igualdad, la obligatoriedad de contar con protocolos específicos frente al acoso sexual y por razón de sexo, el refuerzo del control por parte de la Inspección de Trabajo y, de manera muy significativa, la ratificación por España del Convenio núm. 190 de la Organización Internacional del Trabajo han configurado un marco jurídico claro, exigente y coherente con los estándares internacionales. Este Convenio, plenamente vigente en nuestro ordenamiento, impone a los empleadores la obligación activa de garantizar entornos laborales libres de violencia y acoso, mediante políticas eficaces de prevención, actuación y reparación.

Precisamente por ello, resulta difícilmente justificable que los incumplimientos más notorios se produzcan en el ámbito político e institucional. Partidos políticos, grupos parlamentarios y administraciones públicas actúan como verdaderos empleadores respecto de personal asesor, técnico y administrativo, y están sujetos, sin excepción, a las mismas obligaciones que cualquier empresa privada. La posición de poder, la relevancia institucional o la exposición mediática no atenúan estas obligaciones; al contrario, las intensifican desde la óptica del deber de ejemplaridad.

Sin embargo, la reacción habitual ante estos escándalos evidencia una tendencia preocupante: la sustitución de la responsabilidad laboral por la mera gestión política del daño. Se desplaza el foco hacia la inexistencia de una condena penal, se banalizan los hechos o se opta por soluciones cosméticas que, en demasiadas ocasiones, ni siquiera culminan en una dimisión efectiva. Y cuando esta se produce, suele llegar tarde y desvinculada de un reconocimiento claro de la vulneración de derechos laborales. 

En España, a diferencia de otros entornos políticos europeos, la dimisión no forma parte de una cultura de responsabilidad asentada, sino que se percibe como una excepción o como un sacrificio estratégico, lo que debilita profundamente la función preventiva del sistema.

Desde el punto de vista jurídico-laboral, esta respuesta resulta claramente insuficiente. La responsabilidad laboral es autónoma y no depende de la existencia de delito ni de condena penal alguna, tal y como ha reiterado de forma constante la doctrina constitucional y social. La ausencia de consecuencias reales —disciplinarias, organizativas o políticas— transmite un mensaje profundamente contradictorio con el marco normativo vigente: que las normas contra el acoso sexual son exigibles hacia fuera, pero negociables hacia dentro.

El artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 impone a todas las organizaciones la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y de establecer procedimientos específicos para su prevención y denuncia. Cuando estos mecanismos no se activan con la debida diligencia, se gestionan con opacidad o se subordinan a intereses políticos, no estamos ante fallos individuales, sino ante incumplimientos estructurales del deber de protección. Y estos incumplimientos resultan especialmente graves cuando proceden de quienes han convertido la lucha contra el acoso en bandera legislativa y en discurso público.

La consecuencia última de esta incoherencia no es solo el descrédito político, sino la erosión de la confianza en el propio Derecho del Trabajo como herramienta real de protección. Si quienes legislan no dimiten, no asumen responsabilidades claras y no aplican internamente los mecanismos que exigen al resto de la sociedad, el mensaje que se transmite es que la dignidad en el trabajo es un principio retórico y no una obligación efectiva.

Desde una perspectiva estrictamente laboral, el problema no es la falta de normas, sino la falta de ejemplo. Y en un país donde las dimisiones políticas siguen siendo la excepción, la tolerancia práctica frente al acoso sexual en el ámbito del poder supone una quiebra especialmente grave del deber de coherencia institucional. Quienes gobiernan no solo deben legislar bien; están obligados, jurídica y éticamente, a cumplir y hacer cumplir esas normas, empezando por su propia casa.

Marta Prieto, socia de ARYA Legal.

Artículo publicado en Vozpópuli.

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Chandini Arjandas

Abogada

Chandini Arjandas es doble graduada en derecho y administración de empresas por la Universidad de Granada. Ha completado sus estudios con un MBA y el máster de acceso a la abogacía y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid.  

Desde su incorporación al despacho en el año 2022, ha asesorado a todo tipo de empresas lo que le ha permitido adquirir experiencia en el ámbito de la negociación colectiva, litigios laborales, y cualquier ámbito de las relaciones laborales (elecciones sindicales, conciliación de la vida laboral y familiar, problemas derivados de incapacidades temporales), entre otros. 

Además, cuenta con amplios conocimientos en las relaciones laborales entre personas trabajadoras y la administración ya sean funcionarios o personal laboral. 

Su máxima es la cercanía con el cliente. 

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Socia

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master en International Business Law por el CEU Business School, María cuenta con una amplia experiencia profesional en asesoramiento jurídico laboral a empresas nacionales e internacionales de diversos sectores productivos (logística, automoción, transporte, farmacéutico…).

Fue abogada asociada de Roca Junyent.

Es abogada del despacho desde 2020 y socia desde 2025.

Durante su trayectoria profesional se ha especializado en la ejecución de procesos colectivos tales como la negociación de convenios colectivos, planes de igualdad y acuerdos de empresa, reestructuraciones (modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, ERTE y despidos colectivos), así como en la creación e implantación de políticas corporativas.     

maria.prous@aryalegal.es

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Marta Prieto

Socia

Abogada especializada en Derecho Laboral, con más de 10 años de experiencia. Antes de su incorporación a Labor10 en 2021 fue Abogada del Departamento Laboral de Andersen Tax & Legal y del Departamento jurídico laboral del Grupo Orpea. 

Es profesora Asociada de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.

Lidera y coordina la estrategia y ejecución de los servicios legales dentro del despacho. Su papel es clave tanto en la gestión del equipo como en la atención de clientes, ofreciendo soluciones jurídicas de alto nivel en el ámbito del derecho del trabajo y la seguridad social, con conocimientos específicos en prevención de riesgos laborales; asegurando la calidad técnica, el cumplimiento normativo y la excelencia en la relación profesional y el asesoramiento jurídico integral con empresas y particulares.

Es socia del despacho desde 2025

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Jorge Carrasco

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Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con experiencia en funciones paralegales y administrativas.

Durante su formación y experiencia, ha desarrollado habilidades tanto en el área legal como en la administrativa. Cuenta con formación jurídica y experiencia en el apoyo legal y operativo dentro de despachos y entornos jurídicos.

Desempeña funciones propias de un paralegal, como la redacción y revisión de documentos legales, gestión de expedientes y asistencia directa a abogados en la preparación de juicios.

Asimismo, también realiza las tareas administrativas, incluyendo la organización de archivos, atención al cliente, coordinación de agendas y elaboración de informes y auditorías.

Esta combinación le permite tener una visión integral del funcionamiento del despacho y aportar en múltiples tareas con eficiencia y compromiso.

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Sheila es abogada colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Cursó grado en Derecho con Diploma en Anglo American Law en la Universidad de Navarra y el Máster de Acceso a la Abogacía en la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Cuenta con más de 5 años de experiencia como abogada.      

En su trayectoria profesional se ha dedicado al asesoramiento tanto a particulares como a empresas en todo tipo de materias del ámbito laboral y de Seguridad Social. Con experiencia en asesoramiento consultivo, destaca su experiencia en juicios a nivel nacional, entre otras materias: despido, conciliación de la vida personal, laboral y familiar, incapacidades permanentes, reclamaciones de cantidad, MSCT, extinciones de contrato en virtud del artículo 50 del E.T, etc. Desempeña su trabajo con entusiasmo y orientación a los intereses de los clientes.

Antes de su incorporación al despacho fue abogada en varios despachos especializados en derecho laboral.

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Javier Matallanos

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Doble graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Complutense de Madrid y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde agosto de 2023 tras cursar el Máster de acceso a la abogacía. Antes de su incorporación a LABOR10, Javier tuvo varias experiencias profesionales tanto en empresa privada como en despacho de abogados, lo que le aportó un amplio conocimiento del entorno jurídico-laboral desde una doble perspectiva.

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Gonzalo Salazar

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Abogado, con una sólida formación académica y experiencia práctica en el ámbito del Derecho Laboral. Se graduó en Derecho por la Universidad San Pablo CEU en 2017, donde un año más tarde completó el Máster de Acceso a la Abogacía junto con un Máster en Negocios Internacionales.

Antes de su incorporación al despacho trabajó en dos grandes firmas internacionales.

A lo largo de su carrera profesional ha desarrollado un conocimiento profundo del Derecho Laboral, abarcando áreas como la asesoría jurídica a empresas, procesos de due diligence y ámbito procesal. Sin embargo, es en la litigación donde ha encontrado su verdadera vocación profesional: defender los intereses de sus clientes con rigor, estrategia y compromiso.

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Beatriz Fernández

Abogada

Formación:

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, titulada en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la misma institución y colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el año 2025.

Se encuentra especializada en el asesoramiento jurídico laboral tras completar el curso de alta especialización impartido por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid.

Experiencia:

Cuenta con más de un año y medio de experiencia como asesora jurídica en distintas ramas del derecho al haber iniciado su carrera profesional en un despacho multidisciplinar sito en Madrid. Sin embargo, presenta una marcada vocación por el Derecho Laboral y de la Seguridad Social que le ha llevado a especializarse en el sector como letrada laboralista.

La cercanía y confianza con el cliente es un punto clave en su asesoramiento.

beatriz.fernandez@aryalegal.es

Ana María Delgado

Asociada Senior

Ana María Delgado es graduada en Derecho por la Universidad de Sevilla, habiendo realizado el Doble Máster en Acceso a la Abogacía y Asesoría Jurídico-Laboral en el Centro de Estudios Financieros de Madrid. 

Complementó su formación con un curso de Perfeccionamiento y Actualización Laboral impartido por el Centro de Estudios Financieros de Madrid, y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid. 

Antes de unirse a Labor10 desarrolló su carrera profesional como Abogada Laboralista en el Departamento de Relaciones Laborales de YVES ROCHER ESPAÑA y en MONTERO ARAMBURU ABOGADOS.

Ha liderado numerosos procedimientos judiciales de especial complejidad asesorando a empresas nacionales e internacionales, contando con un amplio recorrido en negociación colectiva, así como en el trato con las organizaciones sindicales, destacando siempre por su enfoque en la cercanía con el cliente.

Tiene su sede en Sevilla.

667 862 834

ana.delgado@aryalegal.es

Adrián Vázquez

Graduado social

Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid y Técnico de Relaciones Laborales desde el año 2023.

Presta asesoramiento especializado en materia laboral a clientes y brinda apoyo a los abogados laboralistas del despacho. Su labor combina un profundo conocimiento técnico del marco normativo con la capacidad de análisis, gestión documental y resolución de casos en el ámbito de las relaciones laborales.

Proporciona soporte profesional en la interpretación y aplicación de la normativa laboral y da seguimiento a los expedientes relacionados con el régimen disciplinario.

adrian.vazquez@aryalegal.es

Cristina Romero

Socia Fundadora

Formación:

  • Executive Master en Dirección de Recursos Humanos
    IE Business School. 2010 – 2011
  • Programa Superior de Asesoría Laboral
    IE Business School. 2014
  • Licenciatura en Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1994 – 1999

Experiencia:

Cristina Romero es Socia de Labor10 desde su fundación en 2010. En la actualidad dirige el área de Outsourcing del despacho que cuenta en la actualidad con más de 70 clientes y un volumen de casi 7.000 nóminas gestionadas mensualmente. Anteriormente, ocupó el puesto de Directora de Administración, Compensación y Organización de Recursos Humanos en Supersol Supermercados, empresa de más de 5.000 empleados.

cristina.romero@aryalegal.es

David Aceves 

Socio fundador - Abogado

Formación:

  • ExMBA
    IE Business School. 2006 – 2007
  • Master, Recursos Humanos
    Universidad Autónoma de Madrid. 1997 – 1998
  • Licenciado, Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1992 – 1997

Experiencia:

David Aceves es Abogado – Socio fundador de Labor10 que se inició en el año 2010.

Es asesor de empresas nacionales y multinacionales y ha participado en la resolución de miles de asuntos contenciosos y no contenciosos entre los que destacan la dirección letrada de un proceso de reestructuración de una Compañía de más de 12.000 trabajadores o varios de modificación sustancial colectiva.

Está especializado en relaciones de alta dirección.

Anteriormente entre los años 2000 al 2011 fue Director de RRLL y Compensación en Dinosol Supermercados (antes Ahold) empresa de distribución que contaba entonces con más de 15.000 trabajadores.

Experiencia Docente:

David es Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid.

Es profesor del máster de acceso a la abogacía en la Universidad Complutense de Madrid y del curso de alta especialización en RRLL del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España

David ha realizado varias publicaciones como son:

  • Coordinador y coautor de la obra “Distribución Comercial” Editorial Aranzadi
  • Coordinador y coautor de la obra “El sector de moda y lujo” Editorial Aranzadi

SUMMARY:

  • Specialties:
    Compensation & Benefits, Labor Relations, union negotiation,expatriates, top management compensation.

david.aceves@aryalegal.es