La Inspección de Trabajo refuerza su ofensiva contra los despidos pactados

Todo profesional de las relaciones laborales conoce cuán habitual es encontrarse con personas trabajadoras interesadas en abandonar la compañía de manera pactada. Y lo anterior, con un claro objetivo: cobrar la prestación por desempleo.

Uno de los requisitos que establecen los artículos 262 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) para el acceder a la prestación es haber perdido el empleo de manera involuntaria. Y es precisamente aquí donde surge el problema: la falta de voluntariedad en el cese.

Hace escasas semanas se publicó la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 10 de junio de 2025 (rec. 6580/2024), que consideró como baja voluntaria la extinción contractual de un empleado que solicitó a la empresa que le “arreglaran los papeles del paro”. Se trata de un asunto de especial relevancia que, desde ARYA Legal, ya analizamos en detalle en este artículo. 

Al hilo de lo comentado en la referida publicación, en este nuevo análisis queremos poner el foco en la intensa actividad inspectora de la que estamos siendo testigos en los últimos meses, y que está teniendo importante consecuencias tanto para el trabajador como para la empresa.

Ciertamente, de confirmarse la actuación fraudulenta, por un lado, el trabajador deberá  devolver todas las cantidades indebidamente percibidas en concepto de prestación por desempleo, y la empresa podrá ser sancionada por connivencia con el trabajador para acceder indebidamente a dicha prestación. Este comportamiento se sanciona con multas a partir de 7.501 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.1 apartado “c” de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Un ejemplo lo encontramos en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 22 de abril de 2024 (rec. 2770/2023), que confirma el fraude de ley cometido por una trabajadora al acceder a la prestación por desempleo mediante un despido forzado por ausencias injustificadas, obligándola a devolver más de 4.000 euros cobrados indebidamente.

Conviene destacar que, si bien la sentencia de instancia estimó la demanda de la trabajadora al considerar que el fraude de ley no podía presumirse, el TSJ de Cataluña revoca la citada sentencia teniendo en cuenta tres cuestiones principales:

  1. Lo que debe valorarse en estos casos es si el beneficiario ha buscado el amparo de una norma -en este caso el artículo 267 LGSS- para alcanzar un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico.
  2. Aunque el fraude no se presume, ello no significa que no pueda acreditarse mediante prueba indiciaria o de presunciones. 
  3. De acuerdo con la jurisprudencia, el elemento fundamental del fraude es la intención maliciosa de violar una norma.

En relación con esta cuestión, desde Arya Legal podemos afirmar que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tiene puesto el foco en los despidos por ausencias injustificadas, una práctica frecuente de forzar la extinción contractual por parte de los empleados que, descartando la posibilidad de cursar una baja voluntaria, comienzan a ausentarse del puesto de trabajo con el objetivo de que la empresa proceda a despedirles disciplinariamente. 

A modo ilustrativo, cabe mencionar la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 5 de noviembre de 2024 (rec. 1146/2024), que confirma la condena a una trabajadora a la devolución íntegra de las cantidades percibidas en concepto de prestación por desempleo, al entender que el despido disciplinario por ausencias injustificadas obedecía a una causa inexistente.

Partiendo de lo anterior y regresando a la casuística tan habitual como la del trabajador que comienza a ausentarse injustificadamente con la clara intención de provocar un despido disciplinario, surge la pregunta: ¿cómo proceder para evitar que se aprecie un fraude por connivencia en el acceso a la prestación?

La primera recomendación es reconducir la situación hacia la legalidad, lo que pasa por:

  • Buscar siempre la baja voluntaria del trabajador. Ante el absentismo injustificado de un empleado, el primer paso será requerirle para que justifique las ausencias. Es recomendable añadir una coletilla en la comunicación indicando que, si no atiende al requerimiento evacuado, se cursará su baja voluntaria al acreditar una voluntad clara e inequívoca de ello.
  • Acreditar las comunicaciones. Si no puede acreditarse que la persona trabajadora ha recibido la comunicación, deben agotarse todas las vías posibles de contacto. Será clave demostrar que la empresa intentó contactar de manera incesante con el trabajador para darle la oportunidad de defenderse de los incumplimientos imputados.
  • Acompañar la documentación. Desde la Inspección se ha recomendado en numerosas ocasiones que, junto con el certificado de empresa remitido al SEPE, se adjunte un breve escrito detallando que el despido se produce por las ausencias injustificadas durante un determinado número de días.

De este modo, las compañías pueden colaborar activamente con la Inspección para esclarecer los casos en los que el trabajador fuerza la extinción contractual con el objetivo de acceder a la prestación por desempleo, dejando patente una clara ausencia de connivencia.

En definitiva, ayudar a un empleado a acceder a la prestación por desempleo constituye un fraude a la Seguridad Social que puede acarrear graves consecuencias para ambas partes. Si bien en algunos casos el denominado “despido pactado” puede parecer la mejor solución para ambas partes, no debemos perder de vista sus riesgos, especialmente cuando este tipo de prácticas se encuentran bajo la lupa de la Inspección.

Desde Arya Legal recomendamos evitar este tipo de prácticas que, aunque a primera vista puedan parecer soluciones sencillas o la mejor opción, pueden derivar en consecuencias indeseadas, como sanciones económicas, pérdida de bonificaciones, devolución de prestaciones o incluso responsabilidades penales a partir de los 50.000 euros.

La verdadera buena práctica empresarial pasa por optar siempre por la vía legal y transparente, buscando asesoramiento especializado antes de adoptar cualquier medida que pueda implicar un riesgo jurídico. Solo así puede garantizarse una gestión responsable, sostenible y plenamente ajustada a Derecho.

Una política empresarial contraria a los despidos pactados siempre será la decisión más acertada para evitar riesgos a ambas partes.

Javier Matallanos, abogado ARYA Legal.

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Chandini Arjandas

Abogada

Chandini Arjandas es doble graduada en derecho y administración de empresas por la Universidad de Granada. Ha completado sus estudios con un MBA y el máster de acceso a la abogacía y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid.  

Desde su incorporación al despacho en el año 2022, ha asesorado a todo tipo de empresas lo que le ha permitido adquirir experiencia en el ámbito de la negociación colectiva, litigios laborales, y cualquier ámbito de las relaciones laborales (elecciones sindicales, conciliación de la vida laboral y familiar, problemas derivados de incapacidades temporales), entre otros. 

Además, cuenta con amplios conocimientos en las relaciones laborales entre personas trabajadoras y la administración ya sean funcionarios o personal laboral. 

Su máxima es la cercanía con el cliente. 

chandini.arjandas@aryalegal.es

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María Prous

Socia

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master en International Business Law por el CEU Business School, María cuenta con una amplia experiencia profesional en asesoramiento jurídico laboral a empresas nacionales e internacionales de diversos sectores productivos (logística, automoción, transporte, farmacéutico…).

Fue abogada asociada de Roca Junyent.

Es abogada del despacho desde 2020 y socia desde 2025.

Durante su trayectoria profesional se ha especializado en la ejecución de procesos colectivos tales como la negociación de convenios colectivos, planes de igualdad y acuerdos de empresa, reestructuraciones (modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, ERTE y despidos colectivos), así como en la creación e implantación de políticas corporativas.     

maria.prous@aryalegal.es

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Marta Prieto

Socia

Abogada especializada en Derecho Laboral, con más de 10 años de experiencia. Antes de su incorporación a Labor10 en 2021 fue Abogada del Departamento Laboral de Andersen Tax & Legal y del Departamento jurídico laboral del Grupo Orpea. 

Es profesora Asociada de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.

Lidera y coordina la estrategia y ejecución de los servicios legales dentro del despacho. Su papel es clave tanto en la gestión del equipo como en la atención de clientes, ofreciendo soluciones jurídicas de alto nivel en el ámbito del derecho del trabajo y la seguridad social, con conocimientos específicos en prevención de riesgos laborales; asegurando la calidad técnica, el cumplimiento normativo y la excelencia en la relación profesional y el asesoramiento jurídico integral con empresas y particulares.

Es socia del despacho desde 2025

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Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Es doble grado en  Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Carlos III de Madrid y doble Máster de Acceso a la Abogacía y Derecho Empresarial en el Centro de Estudios Garrigues. 

Con experiencia en asesoramiento jurídico-laboral a empresas, tanto nacionales como internacionales, así como en litigación laboral y participación en todos los aspectos laborales de operaciones de M&A, incluyendo Due Diligence y asesoramiento post-deal.

Antes de su incorporación al despacho

jorge.carrasco@aryalegal.es

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Paralegal

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con experiencia en funciones paralegales y administrativas.

Durante su formación y experiencia, ha desarrollado habilidades tanto en el área legal como en la administrativa. Cuenta con formación jurídica y experiencia en el apoyo legal y operativo dentro de despachos y entornos jurídicos.

Desempeña funciones propias de un paralegal, como la redacción y revisión de documentos legales, gestión de expedientes y asistencia directa a abogados en la preparación de juicios.

Asimismo, también realiza las tareas administrativas, incluyendo la organización de archivos, atención al cliente, coordinación de agendas y elaboración de informes y auditorías.

Esta combinación le permite tener una visión integral del funcionamiento del despacho y aportar en múltiples tareas con eficiencia y compromiso.

Hace que todo funcione en el despacho como un (buen) reloj.

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Sheila es abogada colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Cursó grado en Derecho con Diploma en Anglo American Law en la Universidad de Navarra y el Máster de Acceso a la Abogacía en la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Cuenta con más de 5 años de experiencia como abogada.      

En su trayectoria profesional se ha dedicado al asesoramiento tanto a particulares como a empresas en todo tipo de materias del ámbito laboral y de Seguridad Social. Con experiencia en asesoramiento consultivo, destaca su experiencia en juicios a nivel nacional, entre otras materias: despido, conciliación de la vida personal, laboral y familiar, incapacidades permanentes, reclamaciones de cantidad, MSCT, extinciones de contrato en virtud del artículo 50 del E.T, etc. Desempeña su trabajo con entusiasmo y orientación a los intereses de los clientes.

Antes de su incorporación al despacho fue abogada en varios despachos especializados en derecho laboral.

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Javier Matallanos

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Doble graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Complutense de Madrid y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde agosto de 2023 tras cursar el Máster de acceso a la abogacía. Antes de su incorporación a LABOR10, Javier tuvo varias experiencias profesionales tanto en empresa privada como en despacho de abogados, lo que le aportó un amplio conocimiento del entorno jurídico-laboral desde una doble perspectiva.

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Gonzalo Salazar

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Abogado, con una sólida formación académica y experiencia práctica en el ámbito del Derecho Laboral. Se graduó en Derecho por la Universidad San Pablo CEU en 2017, donde un año más tarde completó el Máster de Acceso a la Abogacía junto con un Máster en Negocios Internacionales.

Antes de su incorporación al despacho trabajó en dos grandes firmas internacionales.

A lo largo de su carrera profesional ha desarrollado un conocimiento profundo del Derecho Laboral, abarcando áreas como la asesoría jurídica a empresas, procesos de due diligence y ámbito procesal. Sin embargo, es en la litigación donde ha encontrado su verdadera vocación profesional: defender los intereses de sus clientes con rigor, estrategia y compromiso.

gonzalo.salazar@aryalegal.es

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Beatriz Fernández

Abogada

Formación:

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, titulada en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la misma institución y colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el año 2025.

Se encuentra especializada en el asesoramiento jurídico laboral tras completar el curso de alta especialización impartido por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid.

Experiencia:

Cuenta con más de un año y medio de experiencia como asesora jurídica en distintas ramas del derecho al haber iniciado su carrera profesional en un despacho multidisciplinar sito en Madrid. Sin embargo, presenta una marcada vocación por el Derecho Laboral y de la Seguridad Social que le ha llevado a especializarse en el sector como letrada laboralista.

La cercanía y confianza con el cliente es un punto clave en su asesoramiento.

beatriz.fernandez@aryalegal.es

Ana María Delgado

Asociada Senior

Ana María Delgado es graduada en Derecho por la Universidad de Sevilla, habiendo realizado el Doble Máster en Acceso a la Abogacía y Asesoría Jurídico-Laboral en el Centro de Estudios Financieros de Madrid. 

Complementó su formación con un curso de Perfeccionamiento y Actualización Laboral impartido por el Centro de Estudios Financieros de Madrid, y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid. 

Antes de unirse a Labor10 desarrolló su carrera profesional como Abogada Laboralista en el Departamento de Relaciones Laborales de YVES ROCHER ESPAÑA y en MONTERO ARAMBURU ABOGADOS.

Ha liderado numerosos procedimientos judiciales de especial complejidad asesorando a empresas nacionales e internacionales, contando con un amplio recorrido en negociación colectiva, así como en el trato con las organizaciones sindicales, destacando siempre por su enfoque en la cercanía con el cliente.

Tiene su sede en Sevilla.

667 862 834

ana.delgado@aryalegal.es

Adrián Vázquez

Graduado social

Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid y Técnico de Relaciones Laborales desde el año 2023.

Presta asesoramiento especializado en materia laboral a clientes y brinda apoyo a los abogados laboralistas del despacho. Su labor combina un profundo conocimiento técnico del marco normativo con la capacidad de análisis, gestión documental y resolución de casos en el ámbito de las relaciones laborales.

Proporciona soporte profesional en la interpretación y aplicación de la normativa laboral y da seguimiento a los expedientes relacionados con el régimen disciplinario.

adrian.vazquez@aryalegal.es

Cristina Romero

Socia Fundadora

Formación:

  • Executive Master en Dirección de Recursos Humanos
    IE Business School. 2010 – 2011
  • Programa Superior de Asesoría Laboral
    IE Business School. 2014
  • Licenciatura en Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1994 – 1999

Experiencia:

Cristina Romero es Socia de Labor10 desde su fundación en 2010. En la actualidad dirige el área de Outsourcing del despacho que cuenta en la actualidad con más de 70 clientes y un volumen de casi 7.000 nóminas gestionadas mensualmente. Anteriormente, ocupó el puesto de Directora de Administración, Compensación y Organización de Recursos Humanos en Supersol Supermercados, empresa de más de 5.000 empleados.

cristina.romero@aryalegal.es

David Aceves 

Socio fundador - Abogado

Formación:

  • ExMBA
    IE Business School. 2006 – 2007
  • Master, Recursos Humanos
    Universidad Autónoma de Madrid. 1997 – 1998
  • Licenciado, Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1992 – 1997

Experiencia:

David Aceves es Abogado – Socio fundador de Labor10 que se inició en el año 2010.

Es asesor de empresas nacionales y multinacionales y ha participado en la resolución de miles de asuntos contenciosos y no contenciosos entre los que destacan la dirección letrada de un proceso de reestructuración de una Compañía de más de 12.000 trabajadores o varios de modificación sustancial colectiva.

Está especializado en relaciones de alta dirección.

Anteriormente entre los años 2000 al 2011 fue Director de RRLL y Compensación en Dinosol Supermercados (antes Ahold) empresa de distribución que contaba entonces con más de 15.000 trabajadores.

Experiencia Docente:

David es Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid.

Es profesor del máster de acceso a la abogacía en la Universidad Complutense de Madrid y del curso de alta especialización en RRLL del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España

David ha realizado varias publicaciones como son:

  • Coordinador y coautor de la obra “Distribución Comercial” Editorial Aranzadi
  • Coordinador y coautor de la obra “El sector de moda y lujo” Editorial Aranzadi

SUMMARY:

  • Specialties:
    Compensation & Benefits, Labor Relations, union negotiation,expatriates, top management compensation.

david.aceves@aryalegal.es