Un trabajador alegó vulneración de su derecho fundamental a la intimidad y reclamaba 60.000 € a su empresa tras haber entregado a su jefe un informe médico tras un accidente laboral.
El TSJ de Castilla La Mancha rechaza la demanda porque la entrega de dicho informe fue voluntaria por parte del trabajador y sin coacción, el informe se envió sin datos clínicos personales y la empresa no utilizó información distinta de la ya conocida. Por tanto, no hubo lesión de derechos fundamentales.
El trabajador interpuso demanda contra la empresa y el jefe de obra, superior jerárquico del trabajador alegando vulneración de su derecho fundamental a la intimidad (art. 18.1 CE) por haberle solicitado un informe médico tras sufrir un accidente laboral. El Juzgado de lo Social nº 1 de Guadalajara desestimó la demanda, y el trabajador recurrió en suplicación ante el TSJ de Castilla-La Mancha.
El Tribunal confirma la sentencia y desestima el recurso. Reconoce que el trabajador remitió voluntariamente un informe médico ocultando los antecedentes clínicos, tras una conversación con el jefe de obra en la que éste le indicó que “no estaría mal tener el parte de asistencia”. El TSJ concluye que no hubo coacción ni exigencia formal, y que el trabajador actuó de manera libre y voluntaria protegiendo su intimidad al enviar solo la información estrictamente relacionada con el accidente laboral.
Además, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha rechaza los intentos del recurrente de modificar los hechos probados, al considerar que las propuestas carecen de relevancia para el fondo del litigio. También descarta que se haya vulnerado la normativa sobre protección de datos (Reglamento UE 2016/679), ya que no se produjo un tratamiento indebido ni una divulgación no consentida de datos sensibles.
En consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha determina que no existió intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad del trabajador, y confirma la sentencia de instancia en todos sus términos.
Desde Arya Legal destacamos la importancia de actuar con prudencia y cautela en la gestión de información médica de los trabajadores. Las empresas deben asegurarse de que cualquier solicitud de datos de salud.

