El error de finiquitar la relación laboral por agotamiento de Incapacidad Temporal a los 545 días. ¿Hablamos de despido improcedente/nulo?

Cuando un trabajador agota los 545 días de Incapacidad Temporal (IT), muchas empresas creen que ha llegado el momento de dar por finalizada la relación laboral. Pero ¿es realmente el procedimiento correcto? ¿Podría esta decisión acarrear problemas legales, incluso considerarse un despido improcedente? En este artículo, exploramos las consecuencias de tomar este camino sin la debida precaución y cómo evitar los errores más comunes que pueden poner a la empresa en una situación complicada.

Meses atrás comentábamos en otro de nuestros post que muchas empresas cometen el error de finiquitar la relación laboral a los 545 días de IT, con las graves consecuencias que esto puede conllevar. Es importante recordar que, una vez agotados esos 545 días, la relación laboral no se extingue, sino que queda suspendida.

Incluso si la baja del trabajador en la Seguridad Social se gestiona correctamente como “Baja por agotamiento de IT”, si se emite de manera indebida un documento de saldo y finiquito que da a entender la clara intención de finalizar la relación laboral, podríamos estar ante un despido nulo.

De hecho, ejemplo de ello son las siguientes cláusulas tipo que, a menudo, se introducen en el finiquito:

  1. “Una vez percibida dicha cantidad, el firmante considerará saldada y finiquitada mutua y recíprocamente con la empresa la relación que les unía, a su completa satisfacción por todo concepto y nada más tendrá que reclamar… para que así conste firmo mi conformidad al presente finiquito total de las cuentas, dando por rescindido el contrato de trabajo suscrito con la citada empresa.”
  2. “He recibido una determinada cantidad en concepto de liquidación total por mi baja en la empresa, quedando así liquidado por todos los conceptos que pudieran derivarse de la relación laboral que unía a las partes y quedando extinguida por agotamiento de I.T., manifestando expresamente que no tengo nada más que reclamar.«

Un caso que refleja la gravedad de estas situaciones es el auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 16 de marzo de 2021 (RCUD 2381/2020), donde se indicó que el texto del finiquito elaborado por la empresa manifestaba que el trabajador quedaba liquidado por todos los conceptos derivados de la relación laboral y que esta quedaba extinguida por agotamiento de IT. Esto se consideró un despido improcedente, ya que la causa no está recogida en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores (EDL 2015/182832). En concreto, el párrafo con dicha argumentación dice lo siguiente:

En el caso de la sentencia de contraste, sin embargo, el texto del finiquito elaborado por la empresa manifestaba que el trabajador quedaba liquidado por todos los conceptos que pudieran derivarse de la relación laboral que unía a las partes y que quedaba extinguida por agotamiento de IT, manifestando expresamente que no tenía nada más que reclamar, deduciendo la sala de tales expresiones la voluntad de la empresa de extinguir la relación laboral por agotamiento de IT, por lo que al ser una causa no recogida en el art. 49 ET (EDL 2015/182832) la decisión constituía un despido improcedente.”

Precauciones para evitar riesgos innecesarios

Como vemos, en la gestión de las bajas por agotamiento de IT es fundamental actuar con cautela para evitar que dicho proceso pueda derivar en un despido improcedente o nulo. Por ello, dejamos una serie de recomendaciones clave tanto para empresas como para trabajadores con el fin de minimizar los riesgos.

Recomendaciones para la empresa:

  1. No finiquitar la relación laboral cuando el trabajador agote los 545 días de baja IT.
  2. Evitar cláusulas como las mencionadas anteriormente que puedan interpretarse como una voluntad clara e inequívoca de finalizar la relación laboral.

Recomendaciones para el trabajador:

  1. Si has agotado los 545 días de baja IT y simplemente recibes un mensaje de la Seguridad Social indicándote que has sido dado de baja en la empresa, no te alarmes. Solicita por escrito a la empresa que te confirmen que se trata únicamente de una suspensión temporal del contrato por agotamiento de IT.
  2. Si te envían el finiquito, revisa las cláusulas mencionadas. Podría tratarse de un despido tácito. Recuerda que el plazo para impugnar el despido es de 20 días hábiles.

En definitiva, cometer un pequeño error en la gestión de una baja por agotamiento de IT puede acarrear grandes consecuencias, como tener que afrontar un despido indeseado simplemente por haber emitido un finiquito. Además, existe el riesgo añadido de que el despido sea considerado nulo, ya que parte de la doctrina, aunque minoritaria, considera que despedir a una persona que está de baja puede ser una causa de discriminación por enfermedad.

No juegues con fuego cuando se trata de finiquitar relaciones laborales. La falta de conocimiento o la adopción de prácticas incorrectas pueden llevar a la empresa a enfrentarse a demandas por despido improcedente o nulo, con las consecuencias económicas y reputacionales que ello implica. En Labor 10 te acompañamos en el proceso. Consulta con nuestros expertos antes de tomar una decisión.

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Chandini Arjandas

Abogada

Chandini Arjandas es doble graduada en derecho y administración de empresas por la Universidad de Granada. Ha completado sus estudios con un MBA y el máster de acceso a la abogacía y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid.  

Desde su incorporación al despacho en el año 2022, ha asesorado a todo tipo de empresas lo que le ha permitido adquirir experiencia en el ámbito de la negociación colectiva, litigios laborales, y cualquier ámbito de las relaciones laborales (elecciones sindicales, conciliación de la vida laboral y familiar, problemas derivados de incapacidades temporales), entre otros. 

Además, cuenta con amplios conocimientos en las relaciones laborales entre personas trabajadoras y la administración ya sean funcionarios o personal laboral. 

Su máxima es la cercanía con el cliente. 

chandini.arjandas@aryalegal.es

629 214 475

María Prous

Socia

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master en International Business Law por el CEU Business School, María cuenta con una amplia experiencia profesional en asesoramiento jurídico laboral a empresas nacionales e internacionales de diversos sectores productivos (logística, automoción, transporte, farmacéutico…).

Fue abogada asociada de Roca Junyent.

Es abogada del despacho desde 2020 y socia desde 2025.

Durante su trayectoria profesional se ha especializado en la ejecución de procesos colectivos tales como la negociación de convenios colectivos, planes de igualdad y acuerdos de empresa, reestructuraciones (modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, ERTE y despidos colectivos), así como en la creación e implantación de políticas corporativas.     

maria.prous@aryalegal.es

699 06 01 55

Marta Prieto

Socia

Abogada especializada en Derecho Laboral, con más de 10 años de experiencia. Antes de su incorporación a Labor10 en 2021 fue Abogada del Departamento Laboral de Andersen Tax & Legal y del Departamento jurídico laboral del Grupo Orpea. 

Es profesora Asociada de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.

Lidera y coordina la estrategia y ejecución de los servicios legales dentro del despacho. Su papel es clave tanto en la gestión del equipo como en la atención de clientes, ofreciendo soluciones jurídicas de alto nivel en el ámbito del derecho del trabajo y la seguridad social, con conocimientos específicos en prevención de riesgos laborales; asegurando la calidad técnica, el cumplimiento normativo y la excelencia en la relación profesional y el asesoramiento jurídico integral con empresas y particulares.

Es socia del despacho desde 2025

marta.prieto@aryalegal.es

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Jorge Carrasco

Abogado

Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Es doble grado en  Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Carlos III de Madrid y doble Máster de Acceso a la Abogacía y Derecho Empresarial en el Centro de Estudios Garrigues. 

Con experiencia en asesoramiento jurídico-laboral a empresas, tanto nacionales como internacionales, así como en litigación laboral y participación en todos los aspectos laborales de operaciones de M&A, incluyendo Due Diligence y asesoramiento post-deal.

Antes de su incorporación al despacho

jorge.carrasco@aryalegal.es

Sara Milán

Paralegal

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con experiencia en funciones paralegales y administrativas.

Durante su formación y experiencia, ha desarrollado habilidades tanto en el área legal como en la administrativa. Cuenta con formación jurídica y experiencia en el apoyo legal y operativo dentro de despachos y entornos jurídicos.

Desempeña funciones propias de un paralegal, como la redacción y revisión de documentos legales, gestión de expedientes y asistencia directa a abogados en la preparación de juicios.

Asimismo, también realiza las tareas administrativas, incluyendo la organización de archivos, atención al cliente, coordinación de agendas y elaboración de informes y auditorías.

Esta combinación le permite tener una visión integral del funcionamiento del despacho y aportar en múltiples tareas con eficiencia y compromiso.

Hace que todo funcione en el despacho como un (buen) reloj.

sara.milan@aryalegal.es

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Sheila San Martín

Abogada

Sheila es abogada colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Cursó grado en Derecho con Diploma en Anglo American Law en la Universidad de Navarra y el Máster de Acceso a la Abogacía en la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Cuenta con más de 5 años de experiencia como abogada.      

En su trayectoria profesional se ha dedicado al asesoramiento tanto a particulares como a empresas en todo tipo de materias del ámbito laboral y de Seguridad Social. Con experiencia en asesoramiento consultivo, destaca su experiencia en juicios a nivel nacional, entre otras materias: despido, conciliación de la vida personal, laboral y familiar, incapacidades permanentes, reclamaciones de cantidad, MSCT, extinciones de contrato en virtud del artículo 50 del E.T, etc. Desempeña su trabajo con entusiasmo y orientación a los intereses de los clientes.

Antes de su incorporación al despacho fue abogada en varios despachos especializados en derecho laboral.

sheila.sanmartin@aryalegal.es

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Javier Matallanos

Abogado

Doble graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Complutense de Madrid y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde agosto de 2023 tras cursar el Máster de acceso a la abogacía. Antes de su incorporación a LABOR10, Javier tuvo varias experiencias profesionales tanto en empresa privada como en despacho de abogados, lo que le aportó un amplio conocimiento del entorno jurídico-laboral desde una doble perspectiva.

javier.matallanos@aryalegal.es

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Gonzalo Salazar

Asociado Senior

Abogado, con una sólida formación académica y experiencia práctica en el ámbito del Derecho Laboral. Se graduó en Derecho por la Universidad San Pablo CEU en 2017, donde un año más tarde completó el Máster de Acceso a la Abogacía junto con un Máster en Negocios Internacionales.

Antes de su incorporación al despacho trabajó en dos grandes firmas internacionales.

A lo largo de su carrera profesional ha desarrollado un conocimiento profundo del Derecho Laboral, abarcando áreas como la asesoría jurídica a empresas, procesos de due diligence y ámbito procesal. Sin embargo, es en la litigación donde ha encontrado su verdadera vocación profesional: defender los intereses de sus clientes con rigor, estrategia y compromiso.

gonzalo.salazar@aryalegal.es

646 105 858

Beatriz Fernández

Abogada

Formación:

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, titulada en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la misma institución y colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el año 2025.

Se encuentra especializada en el asesoramiento jurídico laboral tras completar el curso de alta especialización impartido por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid.

Experiencia:

Cuenta con más de un año y medio de experiencia como asesora jurídica en distintas ramas del derecho al haber iniciado su carrera profesional en un despacho multidisciplinar sito en Madrid. Sin embargo, presenta una marcada vocación por el Derecho Laboral y de la Seguridad Social que le ha llevado a especializarse en el sector como letrada laboralista.

La cercanía y confianza con el cliente es un punto clave en su asesoramiento.

beatriz.fernandez@aryalegal.es

Ana María Delgado

Asociada Senior

Ana María Delgado es graduada en Derecho por la Universidad de Sevilla, habiendo realizado el Doble Máster en Acceso a la Abogacía y Asesoría Jurídico-Laboral en el Centro de Estudios Financieros de Madrid. 

Complementó su formación con un curso de Perfeccionamiento y Actualización Laboral impartido por el Centro de Estudios Financieros de Madrid, y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid. 

Antes de unirse a Labor10 desarrolló su carrera profesional como Abogada Laboralista en el Departamento de Relaciones Laborales de YVES ROCHER ESPAÑA y en MONTERO ARAMBURU ABOGADOS.

Ha liderado numerosos procedimientos judiciales de especial complejidad asesorando a empresas nacionales e internacionales, contando con un amplio recorrido en negociación colectiva, así como en el trato con las organizaciones sindicales, destacando siempre por su enfoque en la cercanía con el cliente.

Tiene su sede en Sevilla.

667 862 834

ana.delgado@aryalegal.es

Adrián Vázquez

Graduado social

Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid y Técnico de Relaciones Laborales desde el año 2023.

Presta asesoramiento especializado en materia laboral a clientes y brinda apoyo a los abogados laboralistas del despacho. Su labor combina un profundo conocimiento técnico del marco normativo con la capacidad de análisis, gestión documental y resolución de casos en el ámbito de las relaciones laborales.

Proporciona soporte profesional en la interpretación y aplicación de la normativa laboral y da seguimiento a los expedientes relacionados con el régimen disciplinario.

adrian.vazquez@aryalegal.es

Cristina Romero

Socia Fundadora

Formación:

  • Executive Master en Dirección de Recursos Humanos
    IE Business School. 2010 – 2011
  • Programa Superior de Asesoría Laboral
    IE Business School. 2014
  • Licenciatura en Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1994 – 1999

Experiencia:

Cristina Romero es Socia de Labor10 desde su fundación en 2010. En la actualidad dirige el área de Outsourcing del despacho que cuenta en la actualidad con más de 70 clientes y un volumen de casi 7.000 nóminas gestionadas mensualmente. Anteriormente, ocupó el puesto de Directora de Administración, Compensación y Organización de Recursos Humanos en Supersol Supermercados, empresa de más de 5.000 empleados.

cristina.romero@aryalegal.es

David Aceves 

Socio fundador - Abogado

Formación:

  • ExMBA
    IE Business School. 2006 – 2007
  • Master, Recursos Humanos
    Universidad Autónoma de Madrid. 1997 – 1998
  • Licenciado, Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1992 – 1997

Experiencia:

David Aceves es Abogado – Socio fundador de Labor10 que se inició en el año 2010.

Es asesor de empresas nacionales y multinacionales y ha participado en la resolución de miles de asuntos contenciosos y no contenciosos entre los que destacan la dirección letrada de un proceso de reestructuración de una Compañía de más de 12.000 trabajadores o varios de modificación sustancial colectiva.

Está especializado en relaciones de alta dirección.

Anteriormente entre los años 2000 al 2011 fue Director de RRLL y Compensación en Dinosol Supermercados (antes Ahold) empresa de distribución que contaba entonces con más de 15.000 trabajadores.

Experiencia Docente:

David es Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid.

Es profesor del máster de acceso a la abogacía en la Universidad Complutense de Madrid y del curso de alta especialización en RRLL del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España

David ha realizado varias publicaciones como son:

  • Coordinador y coautor de la obra “Distribución Comercial” Editorial Aranzadi
  • Coordinador y coautor de la obra “El sector de moda y lujo” Editorial Aranzadi

SUMMARY:

  • Specialties:
    Compensation & Benefits, Labor Relations, union negotiation,expatriates, top management compensation.

david.aceves@aryalegal.es