Jornada de 37,5 horas: respondemos a las preguntas que más se están haciendo las empresas

El Consejo de Ministros ha aprobado el día 6 de mayo el Proyecto de Ley para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, acompañado de nuevas medidas relativas al registro de jornada y el derecho a la desconexión digital. La norma, que aún debe ser refrendada en el Congreso de los Diputados, establece una jornada máxima ordinaria de 37,5 horas semanales de trabajo efectivo, lo que supondrá una reducción de la jornada anual de 1.826 a 1.712 horas. 

La reducción no exigirá ajustes en aquellos convenios que ya contemplen una jornada igual o inferior a la nueva, pero obligará a adaptar aquellos que superen este umbral. La norma también introduce cambios importantes en materia de registro horario, sanciones y derechos de los trabajadores a tiempo parcial o con jornada reducida, cuyo salario podrá verse incrementado de forma indirecta. 

Aunque la entrada en vigor no será inmediata, es recomendable que las empresas comiencen a analizar el impacto que tendrá en su organización, revisando jornadas anuales, condiciones contractuales y convenios aplicables. A continuación, se recogen las preguntas más frecuentes planteadas por las empresas en torno a esta nueva regulación. 

Las consultas más frecuentes 

¿Cuándo entra en vigor la nueva jornada? 

Aunque la reducción de jornada a 37,5 horas se acaba de aprobar por el Consejo de Ministros, la medida aún no ha entrado en vigor, y no lo hará hasta que supere el trámite parlamentario, siendo de esperar que transcurran varios meses hasta su aprobación definitiva, momento en el que se fijará su fecha de entrada en vigor. 

¿Tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025? 

Aunque la ley podría establecer efectos retroactivos, su aplicación práctica resultaría muy complicada. Para cumplir con la nueva jornada anual en un año ya iniciado, sería necesario reducir aún más la jornada del tiempo restante, lo que afectaría solo a los trabajadores que permanezcan en alta hasta final de año. Aquellos que ya hayan causado baja no podrían regularizar sus horas, habiendo superado la jornada legal.
Por este motivo, no se espera que la norma tenga efectos desde el 1 de enero. 

¿Qué jornada anual se aplicará con la nueva norma? 

Una jornada semanal de 40 horas equivale actualmente a 1.826 horas anuales. Con la nueva norma, la jornada ordinaria se reducirá a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo en promedio anual, lo que supone una jornada máxima de 1.712 horas al año. 

Esta cifra será la que deberán respetar las empresas, ya sea adaptando la jornada semanal, modificando el calendario laboral o ajustando los días de descanso, siempre que el cómputo anual no supere ese nuevo límite. 

¿Cómo afecta a los convenios que ya tienen jornadas inferiores? 

Los convenios colectivos que ya contemplen una jornada anual igual o inferior a 1.712 horas no necesitarán adaptarse, ya que cumplen con el nuevo umbral. La norma solo obligará a modificar los que establezcan jornadas superiores. 

¿Se verá afectado el salario de los trabajadores? 

No. La norma prevé una reducción de la jornada sin merma salarial para las personas trabajadoras a tiempo completo, que seguirán percibiendo la misma retribución.
Sin embargo, en el caso de personas con contrato a tiempo parcial o con jornada reducida, el salario podrá incrementarse de forma indirecta, ya que la misma se calcula como porcentaje del salario de un trabajador a tiempo completo. Por tanto, al reducirse la jornada completa de referencia, ese porcentaje se aplicará sobre una base más alta 

¿Qué sucede si un contrato a tiempo parcial supera las 37,5 horas semanales? 

Si una persona trabajadora a tiempo parcial fue contratada para una prestación de servicios de una duración igual o superior a 37,5 horas semanales, su contrato pasará a considerarse a tiempo completo desde que la jornada de 37,5 horas resulte de plena aplicación. En caso contrario, si la jornada pactada es inferior, se mantendrá como contrato a tiempo parcial, pero con derecho al incremento proporcional del salario desde la entrada en vigor de la nueva jornada. 

¿Y si la jornada parcial es inferior a 37,5 horas? 

En ese caso, el contrato mantendrá su naturaleza a tiempo parcial, pero el salario deberá ajustarse proporcionalmente, ya que se calculará en relación con una jornada ordinaria inferior. Esto implicará, de forma indirecta, una mejora retributiva. 

¿Qué ocurre con quienes tienen reducción de jornada o adaptación por conciliación? 

Estas personas podrán optar entre mantener el porcentaje de reducción (y, por tanto, reducir el número de horas de trabajo efectivo) o mantener el mismo número de horas que venían prestando (lo que implicará una menor reducción porcentual y, en consecuencia, una mejora salarial). En ambos casos, deberá respetarse el nuevo marco de jornada ordinaria en cómputo anual. 

¿Pueden los días de libre disposición o vacaciones compensar una jornada superior? 

Sí, siempre que el cómputo anual no exceda las 1.712 horas. Es posible mantener jornadas semanales superiores a 37,5 horas si se incrementan los periodos de descanso o días de vacaciones, de manera que la jornada anual total se mantenga dentro del nuevo límite legal. 

¿Será obligatoria la negociación colectiva? 

Sí. Salvo que el texto definitivo establezca lo contrario, la negociación colectiva será obligatoria. Así lo recoge la exposición de motivos y la disposición transitoria primera del proyecto de ley, que asigna a las comisiones negociadoras de los convenios colectivos la responsabilidad de adaptar sus textos al nuevo marco.
El plazo para hacerlo finaliza el 31 de diciembre de 2025, de modo que la jornada de 37,5 horas sea plenamente aplicable a partir del 1 de enero de 2026 

¿Qué ocurre si mi empresa no aplica un convenio colectivo? 

Está por determinar cómo deberán implantar la reducción de jornada aquellas empresas que no estén dentro del ámbito de aplicación de ningún convenio colectivo. La norma remite la adaptación a las comisiones negociadoras, por lo que no se ha concretado todavía el mecanismo para estos casos. En cualquier caso, deberán respetar la jornada máxima anual una vez la norma entre en vigor. 

¿Qué implicaciones tiene en materia de registro de jornada? 

El registro de jornada deberá realizarse a través de medios digitales, garantizando que sea un sistema objetivo, fiable y accesible en tiempo real para la Inspección de Trabajo. Las personas trabajadoras deberán registrar personalmente el inicio y el fin de su jornada, con sus datos identificativos, y la empresa deberá conservar estos registros durante cuatro años. En el caso de los contratos a tiempo parcial, se totalizará mensualmente el horario y se entregará una copia del resumen de las horas realizadas junto con el recibo de salarios. 

¿Qué sanciones se prevén? 

El incumplimiento de las obligaciones de registro de jornada será considerado una infracción grave por cada persona trabajadora afectada, y podrá ser sancionado con multas de entre 1.000 y 10.000 euros por infracción. La cuantía dependerá del número de trabajadores afectados y de la gravedad del incumplimiento. 

 

 

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Chandini Arjandas

Abogada

Chandini Arjandas es doble graduada en derecho y administración de empresas por la Universidad de Granada. Ha completado sus estudios con un MBA y el máster de acceso a la abogacía y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid.  

Desde su incorporación al despacho en el año 2022, ha asesorado a todo tipo de empresas lo que le ha permitido adquirir experiencia en el ámbito de la negociación colectiva, litigios laborales, y cualquier ámbito de las relaciones laborales (elecciones sindicales, conciliación de la vida laboral y familiar, problemas derivados de incapacidades temporales), entre otros. 

Además, cuenta con amplios conocimientos en las relaciones laborales entre personas trabajadoras y la administración ya sean funcionarios o personal laboral. 

Su máxima es la cercanía con el cliente. 

chandini.arjandas@aryalegal.es

629 214 475

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Socia

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y Master en International Business Law por el CEU Business School, María cuenta con una amplia experiencia profesional en asesoramiento jurídico laboral a empresas nacionales e internacionales de diversos sectores productivos (logística, automoción, transporte, farmacéutico…).

Fue abogada asociada de Roca Junyent.

Es abogada del despacho desde 2020 y socia desde 2025.

Durante su trayectoria profesional se ha especializado en la ejecución de procesos colectivos tales como la negociación de convenios colectivos, planes de igualdad y acuerdos de empresa, reestructuraciones (modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, ERTE y despidos colectivos), así como en la creación e implantación de políticas corporativas.     

maria.prous@aryalegal.es

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Marta Prieto

Socia

Abogada especializada en Derecho Laboral, con más de 10 años de experiencia. Antes de su incorporación a Labor10 en 2021 fue Abogada del Departamento Laboral de Andersen Tax & Legal y del Departamento jurídico laboral del Grupo Orpea. 

Es profesora Asociada de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.

Lidera y coordina la estrategia y ejecución de los servicios legales dentro del despacho. Su papel es clave tanto en la gestión del equipo como en la atención de clientes, ofreciendo soluciones jurídicas de alto nivel en el ámbito del derecho del trabajo y la seguridad social, con conocimientos específicos en prevención de riesgos laborales; asegurando la calidad técnica, el cumplimiento normativo y la excelencia en la relación profesional y el asesoramiento jurídico integral con empresas y particulares.

Es socia del despacho desde 2025

marta.prieto@aryalegal.es

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Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Es doble grado en  Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Carlos III de Madrid y doble Máster de Acceso a la Abogacía y Derecho Empresarial en el Centro de Estudios Garrigues. 

Con experiencia en asesoramiento jurídico-laboral a empresas, tanto nacionales como internacionales, así como en litigación laboral y participación en todos los aspectos laborales de operaciones de M&A, incluyendo Due Diligence y asesoramiento post-deal.

Antes de su incorporación al despacho

jorge.carrasco@aryalegal.es

Sara Milán

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Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con experiencia en funciones paralegales y administrativas.

Durante su formación y experiencia, ha desarrollado habilidades tanto en el área legal como en la administrativa. Cuenta con formación jurídica y experiencia en el apoyo legal y operativo dentro de despachos y entornos jurídicos.

Desempeña funciones propias de un paralegal, como la redacción y revisión de documentos legales, gestión de expedientes y asistencia directa a abogados en la preparación de juicios.

Asimismo, también realiza las tareas administrativas, incluyendo la organización de archivos, atención al cliente, coordinación de agendas y elaboración de informes y auditorías.

Esta combinación le permite tener una visión integral del funcionamiento del despacho y aportar en múltiples tareas con eficiencia y compromiso.

Hace que todo funcione en el despacho como un (buen) reloj.

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Sheila es abogada colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Cursó grado en Derecho con Diploma en Anglo American Law en la Universidad de Navarra y el Máster de Acceso a la Abogacía en la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Cuenta con más de 5 años de experiencia como abogada.      

En su trayectoria profesional se ha dedicado al asesoramiento tanto a particulares como a empresas en todo tipo de materias del ámbito laboral y de Seguridad Social. Con experiencia en asesoramiento consultivo, destaca su experiencia en juicios a nivel nacional, entre otras materias: despido, conciliación de la vida personal, laboral y familiar, incapacidades permanentes, reclamaciones de cantidad, MSCT, extinciones de contrato en virtud del artículo 50 del E.T, etc. Desempeña su trabajo con entusiasmo y orientación a los intereses de los clientes.

Antes de su incorporación al despacho fue abogada en varios despachos especializados en derecho laboral.

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Javier Matallanos

Abogado

Doble graduado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Complutense de Madrid y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde agosto de 2023 tras cursar el Máster de acceso a la abogacía. Antes de su incorporación a LABOR10, Javier tuvo varias experiencias profesionales tanto en empresa privada como en despacho de abogados, lo que le aportó un amplio conocimiento del entorno jurídico-laboral desde una doble perspectiva.

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Gonzalo Salazar

Asociado Senior

Abogado, con una sólida formación académica y experiencia práctica en el ámbito del Derecho Laboral. Se graduó en Derecho por la Universidad San Pablo CEU en 2017, donde un año más tarde completó el Máster de Acceso a la Abogacía junto con un Máster en Negocios Internacionales.

Antes de su incorporación al despacho trabajó en dos grandes firmas internacionales.

A lo largo de su carrera profesional ha desarrollado un conocimiento profundo del Derecho Laboral, abarcando áreas como la asesoría jurídica a empresas, procesos de due diligence y ámbito procesal. Sin embargo, es en la litigación donde ha encontrado su verdadera vocación profesional: defender los intereses de sus clientes con rigor, estrategia y compromiso.

gonzalo.salazar@aryalegal.es

646 105 858

Beatriz Fernández

Abogada

Formación:

Graduada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, titulada en el Máster de Acceso a la Abogacía y la Procura por la misma institución y colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid en el año 2025.

Se encuentra especializada en el asesoramiento jurídico laboral tras completar el curso de alta especialización impartido por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid.

Experiencia:

Cuenta con más de un año y medio de experiencia como asesora jurídica en distintas ramas del derecho al haber iniciado su carrera profesional en un despacho multidisciplinar sito en Madrid. Sin embargo, presenta una marcada vocación por el Derecho Laboral y de la Seguridad Social que le ha llevado a especializarse en el sector como letrada laboralista.

La cercanía y confianza con el cliente es un punto clave en su asesoramiento.

beatriz.fernandez@aryalegal.es

Ana María Delgado

Asociada Senior

Ana María Delgado es graduada en Derecho por la Universidad de Sevilla, habiendo realizado el Doble Máster en Acceso a la Abogacía y Asesoría Jurídico-Laboral en el Centro de Estudios Financieros de Madrid. 

Complementó su formación con un curso de Perfeccionamiento y Actualización Laboral impartido por el Centro de Estudios Financieros de Madrid, y es diplomada en Alta Especialización en Litigación Laboral, por la Escuela de Práctica Jurídica de Madrid. 

Antes de unirse a Labor10 desarrolló su carrera profesional como Abogada Laboralista en el Departamento de Relaciones Laborales de YVES ROCHER ESPAÑA y en MONTERO ARAMBURU ABOGADOS.

Ha liderado numerosos procedimientos judiciales de especial complejidad asesorando a empresas nacionales e internacionales, contando con un amplio recorrido en negociación colectiva, así como en el trato con las organizaciones sindicales, destacando siempre por su enfoque en la cercanía con el cliente.

Tiene su sede en Sevilla.

667 862 834

ana.delgado@aryalegal.es

Adrián Vázquez

Graduado social

Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid y Técnico de Relaciones Laborales desde el año 2023.

Presta asesoramiento especializado en materia laboral a clientes y brinda apoyo a los abogados laboralistas del despacho. Su labor combina un profundo conocimiento técnico del marco normativo con la capacidad de análisis, gestión documental y resolución de casos en el ámbito de las relaciones laborales.

Proporciona soporte profesional en la interpretación y aplicación de la normativa laboral y da seguimiento a los expedientes relacionados con el régimen disciplinario.

adrian.vazquez@aryalegal.es

Cristina Romero

Socia Fundadora

Formación:

  • Executive Master en Dirección de Recursos Humanos
    IE Business School. 2010 – 2011
  • Programa Superior de Asesoría Laboral
    IE Business School. 2014
  • Licenciatura en Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1994 – 1999

Experiencia:

Cristina Romero es Socia de Labor10 desde su fundación en 2010. En la actualidad dirige el área de Outsourcing del despacho que cuenta en la actualidad con más de 70 clientes y un volumen de casi 7.000 nóminas gestionadas mensualmente. Anteriormente, ocupó el puesto de Directora de Administración, Compensación y Organización de Recursos Humanos en Supersol Supermercados, empresa de más de 5.000 empleados.

cristina.romero@aryalegal.es

David Aceves 

Socio fundador - Abogado

Formación:

  • ExMBA
    IE Business School. 2006 – 2007
  • Master, Recursos Humanos
    Universidad Autónoma de Madrid. 1997 – 1998
  • Licenciado, Derecho
    Universidad Complutense de Madrid. 1992 – 1997

Experiencia:

David Aceves es Abogado – Socio fundador de Labor10 que se inició en el año 2010.

Es asesor de empresas nacionales y multinacionales y ha participado en la resolución de miles de asuntos contenciosos y no contenciosos entre los que destacan la dirección letrada de un proceso de reestructuración de una Compañía de más de 12.000 trabajadores o varios de modificación sustancial colectiva.

Está especializado en relaciones de alta dirección.

Anteriormente entre los años 2000 al 2011 fue Director de RRLL y Compensación en Dinosol Supermercados (antes Ahold) empresa de distribución que contaba entonces con más de 15.000 trabajadores.

Experiencia Docente:

David es Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad Complutense de Madrid.

Es profesor del máster de acceso a la abogacía en la Universidad Complutense de Madrid y del curso de alta especialización en RRLL del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España

David ha realizado varias publicaciones como son:

  • Coordinador y coautor de la obra “Distribución Comercial” Editorial Aranzadi
  • Coordinador y coautor de la obra “El sector de moda y lujo” Editorial Aranzadi

SUMMARY:

  • Specialties:
    Compensation & Benefits, Labor Relations, union negotiation,expatriates, top management compensation.

david.aceves@aryalegal.es